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Tribunales laborales deberán atender casos previos a la reforma laboral

Si el caso no ha prescrito, se puede atender conforme a los estatus que marca la nueva ley

No importa que el conflicto laboral haya ocurrido antes de la entrada en vigor del nuevo sistema de justicia laboral, los nuevos tribunales estaño obligados a darle seguimiento.

Un juez federal  sacó del limbo una demanda en Hidalgo con este criterio, y éste podrá ser utilizado para los expedientes laborales, siempre y cuando no hayan prescrito.

En  esta entidad, una mujer viuda reclamó la pensión de su pareja, un trabajador que cotizaba en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

“La demanda la presentó ante un juez de distrito especializado en materia laboral”, se detalla en la tesis judicial publicada el viernes 22 de octubre.

En un primer momento, el juez dijo que el fallecimiento del trabajador ocurrió antes de que la instancia entrara en funciones y envió a la mujer a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje,

Esta instancia no tomó el expediente, porque ya no atiende conflictos en materia de trabajo.

La reforma laboral cambió el centenario régimen de justicia laboral en el país.

Anteriormente, las juntas de Conciliación y Arbitraje, que pertenecen al Poder Ejecutivo, lo administraban todo, a veces de manera deficiente y corrupta, según lo dicho por los legisladores.

Luego de las modificaciones a la Constitución en 2017 y a la Ley Federal del Trabajo (LFT) en 2019, las juntas comenzaron a desaparecer.

En su lugar estarán los nuevos centros de conciliación, dependientes del Ejecutivo. Y si ahí no se resuelve el asunto, pasará a los recién creados juzgados laborales, adscritos al Poder Judicial.

Pero el cambio es tan amplio que la implementación será entres etapas y tomaría de 2020 a 2022. La primera etapa entro en vigor en noviembre del año pasado en Durango, Zacatecas, San Luis Potosí, Hidalgo, Estado de México, Campeche, Tabasco y Chiapas.

“El impacto nacional de esa transformación no se puede determinar ni centralizar en lo que sucede en esos estados. Pero se preveía que esas contradicciones se iban a presentar”, señala en entrevista el magistrado Héctor Arturo Mercado López, titular del Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, en la Ciudad de México.

Atención obligatoria, según la reforma

Este viernes, en el Semanario Judicial de la Federación se publicó una tesis aislada del Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito sobre la competencia de los asuntos en la transición de la reforma laboral.

“Una vez que inicien funciones los tribunales laborales, deberán conocer de los juicios que ante ellos se promuevan, sin importar la fecha en que acontecieron los hechos que los originan”, concluyó el magistrado Aureliano Varona Aguirre.

El artículo décimo transitorio lo ratifica: “Una vez que entren en operación los Centros de Conciliación y Tribunales, los procedimientos y los juicios se ventilarán ante ellos”.

Esto aplicará también para los estados de Baja California, Baja California Sur, Aguascalientes, Guanajuato, Querétaro, Colima, Veracruz, Puebla, Tlaxcala, Morelos, Guerrero, Oaxaca y Quintana Roo, en donde entrará en vigor la reforma a partir de noviembre.

Los tres defensores de los derechos laborales

La transformación del sistema justicia laboral requiere apoyo pleno para poder revisar si las leyes son correctas, si hay cuellos de botellas o si las instituciones están funcionando, pero primero debe empezar a funcionar, dijo el magistrado.

“La apuesta de la reforma judicial tiene como columna vertebral la conciliación, por eso deben funcionar con una alta eficiencia”, apunta el magistrado Mercado. Hasta ahora, la capacitación y selección del personal para esos centros “está siendo muy rigurosa”, afirmó.

Los derechos laborales ahora tienen tres grandes defensores: los sindicatos, la inspección y los tribunales cuando ya no haya acuerdos entre las partes. En todo esto el papel de las trabajadoras y los trabajadores es crucial, apunta.

“Son procesos y hay que hacer que la sociedad se movilice para judicializar los actos de discriminación. Pero la sindicalización es clave, porque son esas organizaciones las que pueden estar cotidianamente en los centros de trabajo”, dijo el magistrado.

El siguiente paso, luego de la reforma, es que los sindicatos sean “autónomos, independientes libres” y para ello la gente debe actuar. Los movimientos feministas podrían impulsar estas luchas.

Con información de El Economista

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