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Así quedó el outsourcing con la reforma

La reforma laboral entró en vigor este mes y las empresas deberán acatar los mandatos

Este miércoles 1 de septiembre entró en vigor la reforma de outsourcing.

La figura de subcontratación u outsourcing es el esquema en el que una empresa subcontrata algunos servicios.

Si trabajas en una empresa, pero tu contrato lo firma otra compañía, es posible que estés contratado bajo el esquema de outsourcing.

La reforma laboral impulsada por esta administración busca eliminar el abuso que se creó con esta figura.

Los cambios también restablecen su objetivo original: tercerizar los servicios que no hace la empresa y que necesita subcontratar, sin que los trabajadores pierdan sus prestaciones y derechos.

Con la entrada en vigor, la ley quedó así:

  • La minuta aprobada en abril reforma ocho leyes:, aunque casi todos se concentran en Ley Federal del Trabajo.
  • Se prohíbe la subcontratación de personal cuando una persona física o moral proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra.
  • Las agencias de empleo o intermediarios que intervienen en la contratación podrán participar en el reclutamiento, selección, entrenamiento y/o capacitación, pero no son patrones.
  • Se permitirá la subcontratación de servicios especializados u obras especializadas siempre que las empresas contratistas estén registradas en el padrón de la STPS.
  • Los servicios u obras complementarias o compartidas prestadas entre empresas de un mismo grupo empresarial también serán considerados como especializados siempre.
  • Se incrementaron las sanciones para las actividades ilegales: ahora se equipará a la defraudación fiscal y se aplicarán multas de hasta 4 millones de pesos.
  • La STPS podrá solicitar información sobre el cumplimento de las obligaciones en materia laboral, aun cuando se nieguen a las inspecciones.
  • La subcontratación deberá formalizarse mediante contrato escrito, estableciendo las actividades a realizar.
  • Las empresas que proporcionen servicios de subcontratación deberán contar con el registro mencionado y actualizarse cada 3 años.
  • El monto de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años.

Con información de El Financiero 

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