¿Cuál es la diferencia entre un accidente y una enfermedad por trabajo?
Si bien los dos ocurren en la actividad laboral, no son lo mismo y se deben conocer las diferencias
En cualquier empresa siempre existen riesgos de trabajo a los que están expuestos los colaboradores y que pueden producir daños en la salud. De todo esto, es responsable el patrón.
La Ley Federal del Trabajo y la Ley de Seguridad social contemplan definiciones y acciones para atender tanto en los accidentes como en las enfermedades generadas por la actividad profesional.
Los accidentes laborales no son lo mismo que las enfermedades generadas por la actividad.
El primero se define como “toda lesión orgánica o funcional o la muerte que sufra el trabajador de manera súbita e instantánea en ejercicio de sus funciones”, según las leyes mencionadas.
Mientras que las enfermedades son “todo estado patológico derivado de la acción continuada que tenga su origen en el trabajo o en el medio ambiente en donde presta sus labores”.
¿Por qué ocurren los accidentes y las enfermedades?
Los accidentes ocurren por la imprudencia, ignorancia, descuido o falta de capacitación de los trabajadores.
También se considera accidente de trabajo el que se sufra en el trayecto del domicilio del trabajador al trabajo o viceversa.
En tanto, las enfermedades se originan por la exposición de los empleados a un agente nocivo, como humo o polvo, gases y vapores, agentes físicos, químicos o biológicos, factores mecánicos, radiación y cancerígenos, entre otros.
¿Cuáles son las consecuencias?
En ambos casos puede haber incapacidad temporal, permanente parcial o total, hasta la muerte.
Por ello, los patrones tienen la obligación de notificar estos hechos a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), así como al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
¿Cuáles son las prestaciones económicas que tiene que atender el patrón?
Si el trabajador no está registrado ante el IMSS, el patrón debe cubrir su sueldo al 100% durante la incapacidad temporal.
Después de tres meses, se puede solicitar una revisión del estado de salud del trabajador para decidir si se continua el tratamiento médico o se declara la incapacidad permanente.
En caso de que se determine una incapacidad permanente parcial, el patrón debe pagar una indemnización, de acuerdo con la tabla de valuación de incapacidades, calculado sobre el importe que debería pagarse si se tratase de una incapacidad permanente total correspondiente entre el máximo y el mínimo previstos.
Aquí se debe considerar la edad del trabajador, la importancia de la incapacidad, mayor o menor aptitud para ejercer actividades remunerativas, y si el patrón ha dado capacitación profesional al empleado.
Si el trabajador se encuentra inscrito ante el IMSS, la institución se encarga de atender al empleado con asistencia médica, pagos de la incapacidad temporal, de la incapacidad permanente total o parcial, en la que se determina un porcentaje de su sueldo base, así como ayuda de gastos funerarios, pensión de viudez u orfandad, y ayuda asistencial.
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