Una arbitrariedad, la discriminación laboral por COVID
Tras la aparición de la pandemia del COVID-19, el sector laboral de instituciones públicas y empresas privadas enfrenta serios desajustes en materia ocupacional.
Despidos y recorte de personal fueron dos resultantes drásticas para protegerse de los embates que generaron graves repercusiones económicas en todos los sectores productivos.
Sumado a esa crisis, se tuvo que enfrentar la afectación a personal que siguió laborando en empresas y dependencias, lo que generó múltiples casos de contagio entre el personal sindicalizado y de confianza, que incluso ha derivado en fallecimientos.
Pero en la actualidad se presenta una nueva reacción, la discriminación de trabajadores y empleados que sufrieron los efectos del COVID-19 y fueron rehabilitados.
Ahora hay empresas y dependencias gubernamentales donde no se les quiere admitir a pesar de haber superado el contagio.
En un acto discriminatorio, ese personal es visto con desprecio y se les niega incorporarse a sus tareas asignadas hasta antes de verse afectados por la pandemia.
No se tienen cifras oficiales de cuántos trabajadores fueron afectados por el COVID-19, ni cuántos han podido superar la infección, ni cuántos enfrentan la discriminación por haber padecido el virus que no termina.
En su mayoría se trata de trabajadores a los que, a pesar de estar en los grupos de riesgo por un posible contagio, no se les permite trabajar desde casa.
Las investigaciones sobre la enfermedad y sus consecuencias están todavía en un proceso en el cual no se tienen elementos suficientes para determinar hasta qué punto las personas que han superado el virus son inmunes a otro posible contagio o cuánto dura esa supuesta inmunidad.
Pero la extensión de la pandemia de COVID-19 en la República Mexicana ha provocado el incremento de casos de discriminación, al grado que trabajadores denuncian haber sido despedidos por el solo hecho de estornudar o por tener familiares contagiados.
Desde el pasado 19 de marzo a la fecha, el Consejo Nacional para Prevenir y Erradicar la Discriminación (Conapred) atiende 32 casos de personas que han vivido discriminación o agresiones durante la contingencia.
El organismo reporta también casos de trabajadores de la salud, así como pacientes con COVID-19, que han sido agredidos por servidores públicos, empresas o vecinos.
Sobre el tema, la Secretaría de Salud, el IMSS y el ISSSTE subrayaron que amenazar la integridad del personal médico y de enfermería vulnera la capacidad de respuesta ante la emergencia sanitaria.
Han despedido a personas por estornudar o son obligas a trabajar aun cuando están en riesgo.
Estornudar en el trabajo y ser despedida es una muestra de la discriminación entre mexicanos durante la actual contingencia por el nuevo virus COVID-19.
Se ha llegado a veces extremos en la conducta social que lleva el miedo por el COVID-19. Como caso ilustrativo se argumenta el caso de una mujer que fue despedida de una empresa privada por haber estornudado.
Otro caso, el de un hombre al que no se le renovó el contrato porque tuvo contacto con un familiar enfermo de COVID-19.
La discriminación es otro de los virus que se debe enfrentar en medio de la pandemia de coronavirus.
Los trabajadores se han convertido en víctimas al obligárseles a ir a trabajar y en algunos casos ignorarlos.
Un informe del Conapred establece que se han presentado quejas por sentirse discriminados, se incluye a trabajadoras de unidades médicas y derechohabientes de instituciones de seguridad social. También existen quejas de personal de enfermería y limpieza.
Las quejas indican que con insultos, burlas, amenazas o maltratos se da sustento a la discriminación.
Servidores públicos de instituciones federales de seguridad social son los más señalados por discriminar en esta crisis. Mientras que en el caso de los particulares, las empresas son las que más han discriminado, seguidas de habitantes de condominios residenciales, centros de asistencia social, bancos, consultorios médicos y escuelas.
Situación que provoca incertidumbre porque en medio de la confusión y la polémica, el Conapred vive momentos de incertidumbre.
CONAPRED DESCABEZADO
El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) es un organismo del estado mexicano que tiene como fin eliminar la discriminación en todo el país, a través de la promoción de políticas y medidas para contribuir al desarrollo cultural y social, y con ello, avanzar en la inclusión social y garantizar el derecho a la igualdad.
Fue creado por la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, aprobada el 29 de abril de 2003, y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 11 de junio del mismo año, la siguiente reforma fue publicada en dicho Diario el 27 de noviembre de 2007. La última reforma a dicha ley fue promulgada el 20 de marzo de 2014 en el Diario Oficial de la Federación.
Entre sus funciones se encuentra diseñar políticas públicas que combatan la discriminación; promover el uso no sexista del lenguaje e introducir formas de comunicación incluyentes en el ámbito público y privado; promover el derecho a la no discriminación mediante campañas de difusión y divulgación; “Participar en el diseño del Plan Nacional de Desarrollo, en los programas que de él se deriven y en los programas sectoriales, procurando que en su contenido se incorpore la perspectiva del derecho a la no discriminación”1, entre otras muchas atribuciones, para las cuales requiere la elaboración de investigaciones cualitativas y cuantitativas.
También puede recibir y resolver las quejas por presuntos actos discriminatorios cometidos por particulares o por autoridades federales en el ejercicio de sus funciones. Asimismo desarrolla acciones para proteger a todas las personas de toda distinción o exclusión basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, que impida o anule el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas.2
Esta entidad cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propios, y está sectorizada a la Secretaría de Gobernación. Además, goza de autonomía técnica y de gestión, adopta sus decisiones con plena independencia, y no está subordinado a ninguna autoridad para sus resoluciones en los procedimientos de quejas.3 (Artículo 16 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación) En este proyecto se llevó a cabo las disolución del nazismo y se aprobaron los derechos de las mujeres de los niños.
Uno de los principales antecedentes del Consejo fue el trabajo realizado por la Comisión Ciudadana de Estudios contra la Discriminación. Esta comisión se instaló el 27 de marzo de 2001 y estuvo integrada por 160 personas, presidida por Gilberto Rincón Gallardo.
La comisión realizó un primer esfuerzo de síntesis y acopio de datos acerca del fenómeno de la discriminación en el país. Además, postuló la formulación de políticas públicas y el dictado de disposiciones para prevenir y eliminar actos que vulneren el derecho a la igualdad en derechos y oportunidades y el imperativo de la justicia. Del trabajo realizado por la Comisión, surgió el anteproyecto de lo que posteriormente se convirtió en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, publicada el 11 de junio de 2003.
Pero en estos días el organismo se encuentra descabezado. Al quedó en el aire su postulado para garantizar, entre otras cosas, el derecho a la igualdad y la inclusión social en el país.
Luego de haber anunciado y cancelado un foro, en un comunicado, la institución señaló que Maccise tomó la decisión de renunciar de manera personal y voluntaria, al priorizar que dicho organismo no sólo debe de existir, sino reforzarse.
Derivado del altercado y disputa por ese foro, el presidente López Obrador dijo desconocer la existencia del organismo y no saber a qué se dedica.
Ya conformada la renuncia de la directora, el presidente anuncio:
“Adelanto que mi propuesta será que ese cargo lo ocupe una mujer indígena, ya basta de simulación”, sin mencionar quién sería la nueva encargada de la dependencia. El mandatario aseguró que el organismo seguirá existiendo, pero que le gustaría que sus funciones pasaran a formar parte de la oficina de Derechos Humanos de la secretaria de Gobernación.
Horas después de la renuncia oficial de la titular del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), Mónica Maccise, dos de los integrantes de la Asamblea Consultiva, Mauricio Merino y Katia D’ Artigues, también renunciaron a sus cargos honorarios debido a las acciones de debilitamiento hacia el organismo autónomo desde el gobierno federal.
Posteriormente, el sábado por la tarde, Regina Tamés, integrante de la Asamblea Consultiva por diez años, también presentó su renuncia debido al desinterés y desconocimiento del gobierno federal hacia la causa del combate a la discriminación, según establece en su carta de renuncia publicada en su cuenta de Twitter.
QUÉ ES LA DISCRIMINACIÓN LABORAL
Por discriminación laboral se entiende la situación en la que un trabajador se ve perjudicado profesional, salarial o moralmente respecto a sus compañeros por motivos que no están directamente relacionados con su desempeño laboral.
Generalmente, la discriminación en el trabajo se origina cuando el trabajador afectado presenta alguna diferencia apreciable respecto al resto de la plantilla.
Estas diferencias pueden ser meramente físicas, como sucede con el género, el origen étnico o la incidencia de alguna enfermedad o incapacidad; o culturales, como la religión o la nacionalidad.
En cualquiera de los casos, los afectados sufren agravios como salarios más bajos, horarios abusivos, ataques personales, menores opciones de promoción profesional o menosprecios y exclusiones por parte de sus compañeros y/o jefes.
También se contempla del despido o cesantía que por sus derivaciones económicas, origina un problema mayor.
La discriminación en el trabajo es un potente factor desestabilizador en las empresas que tiene a su vez un hondo impacto en la sociedad.
Sucede que determinados tipos de discriminación son sobradamente conocidos por la mayoría de la población pero otros son tan sutiles o aparentemente menores que apenas suscitan atención.
No obstante, cualquier empleado que se siente discriminado experimenta un considerable sufrimiento psicológico.
Especialistas en la materia establecen las consecuencias de esas actitudes discriminatorias tienen efectos secundarios que requieren de atención profesional.
PARA MUESTRA, ESTE CASO
Después de casi dos décadas de laborar en la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y con síntomas de estar infectado por COVID-19, Lázaro Serranía Álvarez fue humillado por la institución que preside Rosario Piedra Ibarra.
Sin recibir notificación alguna y tras seguir laborando, Serranía dejó de percibir sus ingresos. Pero el organismo que encabeza la ¡encargada de defender los derechos humanos¡ ya no le cubrió salario y le canceló el correo institucional el día 4 de junio.
La segregación fue aplicada con una mayor crueldad. A sus compañeros de oficina se les instruyó y ¡ordenó¡ NO dirigirle la palabra, por lo que decidió hacer pública su situación en el chat institucional.
Lázaro, periodista de 63 años de edad, es ampliamente conocido en el medio. Su tragedia comenzó cuando aparecieron los síntomas de COVID-19 y no contar con recursos para realizarse un examen de laboratorio.
Serranía Álvarez sostuvo que habría más trabajadores siendo víctimas de derechos laborales cometidos por la CNDH, al no recibir su salario la última quincena que suele depositarse a las cuentas bancarias de los trabajadores los días 10 y 25 de cada mes.
Con 19 años y ocho meses de fungir como subdirector de Comunicación Social, es la primera vez que el trabajador de la CNDH no recibe su sueldo. Fue necesaria la llegada de Rosario, hija de Rosario Ibarra una luchadora social y en favor de desaparecidos, para que se convirtiera en víctima.
Lázaro Serranía relata que antes de preguntar lo que ocurría con el depósito de su salario, prefirió imaginarse que el retraso podría deberse a la modalidad a distancia en que se está trabajando en el organismo.
Pero resulta que no. Que había noticias y acciones desagradables para él. Todavía optimista y esperanzado a que el retraso en la cobertura de la nómina fuera un accidente, esperó pacientemente. Al notar que los ingresos no se reflejaban en su cuenta bancaria, optó por consultar al administrador del área de comunicación, Porfirio Tejocote Rosas. No supo darle explicación alguna, ya sea porque lo ignoraba o por seguir la instrucción de ignorar a Serranía.
Lázaro optó por un camino más directo. Buscó a la directora de Difusión, Valeria Jasso, y a la directora general, Alejandra Ezeta. Seguro ellas tenían la respuesta que buscaba. No tuvo tanta suerte, la primera se dijo extrañada y sorprendida, y la segunda le informó, por Whatsapp, que estaba cesado. Así de fácil, sin explicaciones, motivos o razones estaba fuera del organismo defensor de los derechos humanos.
El calvario siguió y nuevos personajes aparecieron en la trama de esta novela de terror. Fue decisión del licenciado Francisco Estrada, argumentó la encargada de ¡comunicación social! Alejandra Ezeta.
Atónito, Lázaro Serranía no comprende por qué el secretario Ejecutivo de la CNDH, no ha respondido a los llamados y mensajes que el trabajador le ha enviado. A todos poco les importó la antigüedad, el desempeño laboral y disposición que Serranía ofrece. No hay explicación alguna respecto a su cese, y menos que se haya tomando en cuenta que padece síntomas de coronavirus.
Hasta el momento de redactar esta información, el atropello no era justificado con fundamento alguno.
Lázaro ha trabajado bajo las órdenes de cuatro ombusdman nacionales y once directores generales de Comunicación. Nada de eso se tomó en cuenta para correrlo.
Dice que si se tratara de un recorte de personal más, lo entendería, pero hasta para eso hay formas y la principal es enterar al trabajador de una decisión de despido. Debe haber respeto a lo que establece la Ley Federal del Trabajo. Es una aberración que violenten mis derechos humanos en la mismísima cuna de los Derechos Humanos.
PRINCIPALES TIPOS DE DISCRIMINACIÓN
En estos días la discriminación laboral está ampliamente ligada a quienes enfrentaron o enfrentan los efectos del COVID-19. Pero tradicionalmente la distinción es la de la mujer, uno de los casos más denunciados
No obstante en la actualidad existen otras tipologías que no suscitan tanta atención mediática a pesar de que muchas de ellas están fuertemente arraigadas en determinados ámbitos.
Enfermedad o discapacidad, un aspecto físico del trabajador es la excusa para discriminarlo en su entorno laboral. Esta discriminación obedece a un temor sobre el posible contagio de la enfermedad que padece el trabajador.
Edad. La discriminación laboral por motivos de edad se observa en los dos extremos del mercado. Por un lado, los trabajadores más jóvenes pueden sufrir abusos en sus condiciones laborales salarios más bajos, jornadas de trabajo más largas aprovechando su situación de vulnerabilidad económica.
Por otro lado, los trabajadores de edad avanzada son estigmatizados como personas anticuadas o sin las habilidades necesarias para afrontar los desafíos actuales.
Nacionalidad u origen étnico. La nacionalidad se convierte en un factor de discriminación.
Este tipo de discriminación laboral a determinados extranjeros, especialmente cuando el origen étnico de estos resulta más evidente, es decir el color de piel. Es una situación que dificulta la integración de los profesionales que acaban de llegar al país e impide que la empresa se beneficie de la diversidad.
Género. La discriminación de la mujer en el trabajo acapara muchos titulares en la actualidad. Este fenómeno abarca situaciones como la conocida como brecha salarial de género, esto es, las diferencias salariales entre hombres y mujeres, o como el déficit de mujeres en puestos directivos.
La discriminación laboral de la mujer también puede producirse entre compañeros, como cuando se realizan comentarios sarcásticos o bromas de mal gusto sobre las supuestas capacidades de un género u otro.
La maternidad es otro tipo de discriminación laboral de la mujer. Las empleadas que se quedan embarazadas pueden verse perjudicadas a la hora de optar a un ascenso o, incluso, retroceder algún puesto en el organigrama de la empresa.
De igual modo, muchas mujeres todavía son interrogadas en las entrevistas de trabajo sobre si contemplan la maternidad a corto o medio plazo, arriesgándose a no ser escogidas en caso afirmativo.
La religión ya no es un factor de discriminación tan común como hace años, pero determinadas muestras de religiosidad todavía pueden provocar situaciones complicadas en el trabajo.
En este aspecto la discriminación se presenta porque los responsables de la contratación descartan al candidato por su religión o bien el resto de empleados lo someten a una marginación en la oficina. También pueden ponerse obstáculos para la práctica de ciertas costumbres religiosas.
El punto de vista ideológico se hace presente cuando un empleado tiene unas opiniones distintas a la de la mayoría de sus compañeros, es posible que se vea excluido del grupo o que el resto de trabajadores eviten o reduzcan al mínimo la interacción con esta persona.
A nivel corporativo, el profesional puede ser privado de oportunidades de promoción por no coincidir con la filosofía vital, política o económica de la dirección.
Un ejemplo, tan reprobable como los anteriores, es cuando se perjudica a un trabajador por su condición de sindicalista.
La orientación sexual también tiene graves expresiones, es un factor de discriminación especialmente cruel en las empresas y en otros espacios de socialización.
El estatus social sigue siendo un lastre. La posición social de los trabajadores, promocionando a quienes se consideran más cercanos a la dirección y relegando a funciones menos ambiciosas a quienes proceden de sectores más humildes.
Tradicionalmente, determinadas compañías de gran tamaño ascendían únicamente a los puestos directivos a trabajadores formados en determinadas universidades.
En profesionales con alguna discapacidad, pueden ser vistos como menos aptos que otros trabajadores, perjudicando su empleabilidad o destinándolos a puestos menos relevantes.