¿Trabajas el 1 de diciembre? Te toca pago doble
La Ley Federal del Trabajo marca como día de asueto el día que el nuevo Presidente toma posesión del cargo
Este 1º de diciembre el presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, tomará protesta como Presidente de la República, por lo que es día es considerado como día de descanso obligatorio.
En el artículo 74 de la Ley General del Trabajador está señalado que el primer día de diciembre de cada seis años es un día de asueto. Pero si te toca trabajar, por ley te corresponde el pago de tu día al doble, de acuerdo con el artículo 75 de la legislación.
“Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”, dice la ley.
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Para saber cuánto te corresponde por ese día de trabajo, necesitas calcular tu salario diario y luego multiplicarlo por dos.
Por ejemplo, si ganas 10 mil pesos, hay que dividir esa cantidad entre los 30 días del mes. Esto es 333 pesos diarios; esta cantidad hay que multiplicarla por 2, lo que resulta 666 pesos, que será la cantidad que deberán pagarte por trabajar el próximo sábado.
Esta cantidad tiene que verse reflejada en tu pago siguiente, ya sea que cobres de manera semanal o quincenal.
La ceremonia de la toma de protesta de López Obrador será el próximo sábado a las 11:00 horas en la Cámara de Diputados, donde el presidente saliente, Enrique Peña Nieto.
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Los siguientes días de asueto obligatorios son el 25 de diciembre que es Navidad; 1º de enero por ser año nuevo; el primer lunes de febrero, cuando se conmemora el Día de la Constitución; el tercer lunes de marzo que se festeja el natalicio de Benito Juárez; el 1º de mayo Día del Trabajo; 16 de septiembre que se conmemora la independencia de México; y el tercer lunes de noviembre por el aniversario de la Revolución Mexicana
En caso de que tu empresa no cumpla con este pago, puedes acudir a la Junta de Conciliación y Arbitraje para exigir el pago que te corresponde por derecho.
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