El personaje

Nueva Ley Orgánica del Poder Judicial amenaza a trabajadores del TSJCDMX

Los integrantes de la última Asamblea Legislativa aprobaron el nuevo ordenamiento sin el consenso de los trabajadores, negándoles el derecho a la estabilidad laboral; serán el Consejo de la Judicatura y el Instituto de Estudios Judiciales los encargados de asignar los puestos de trabajadores

La Ley Orgánica del Poder Judicial  aprobada por los integrantes de la última Asamblea Legislativa del Distrito Federal, luego de la promulgación de la Constitución de la CDMX, y que entrará en vigor el primero de enero de 2020, representa un franco retroceso a las conquistas y estabilidad laborales de los trabajadores del Tribunal Superior de Justicia capitalino, pues impedirá que el personal de nuevo ingreso acceda a una base sindical con sus respectivas prestaciones de ley,  y dejará en manos del Instituto de Estudios Judiciales y al Consejo de la Judicatura el otorgamiento de plazas; organismos  que  las podrán  asignar  de manera discrecional sin tomar en cuenta al sindicato, violando en consecuencia lo establecido en la Ley de Trabajadores al Servicio del Estado.

Es Diego Valdes Medina, líder del Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial del Distrito Federal (STPJDF), quién alerta de lo que puede considerarse un atentado a los derechos adquiridos por los sindicalizados del TSJCDMX, y responsabiliza a los ex asambleístas, sobre todo del PRD y sus partidos aliados en la ALDF, de elaborar y votar tales reglamentos sin haber tomado en cuenta el punto de vista de los directamente afectados. “Primero los constituyentes aprobaron una Constitución que le pega a los derechos de los trabajadores. Y los asambleístas en vez de corregir esta situación la agudizaron al crear esta ley orgánica. Nunca nos consultaron”, reitera.

Explica el dirigente que al entrar en funciones el nuevo ordenamiento, en automático ya no habrá más trabajadores sindicalizados pues al ingresar a laborar todos serán de confianza, sin derecho a ninguna prestación de las actualmente establecidas en las Condiciones Generales de Trabajo (CGT),  ni estabilidad en el empleo.

“El sindicato –abunda–, ya no va a poder intervenir en este proceso de asignación de puestos de trabajo, tal y como lo establece la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado, donde se establece que las plazas de pie de rama, que son plazas administrativas, deben adjudicarse una al sindicato y otra a la autoridad. Ahora con estas reformas, esta facultad será exclusiva del Instituto de Estudios Judiciales que hará el procedimiento conjuntamente con el Consejo de la Judicatura”.

Agrega Diego Valdes que ambos organismos serán los encargados de proponer a las personas y el sindicato estará impedido de hacerlo. “Esto es grave porque se va a beneficiar solo a la gente que ellos consideren, sin tomar en cuenta las verdaderas capacidades de los aspirantes  aunque ellos pretextan que van a ser examinados y evaluará sus curriculums, pero no podrá saberse si llega una persona con maestría o doctorado y le dicen que no pasa, y llega alguien sin mucha preparación pero recomendado por algún consejero o autoridad y entra”.

Indica al respecto que en el STPJDF, que encabeza,  hay muchos “compañeros con maestría que están esperando una oportunidad y va a ser una injusticia que no se les tome en cuenta”. Dice que actualmente hay una Comisión de Escalafón que  hace las propuestas para las plazas y funciona con dos representantes de la autoridad y dos del sindicato”.

Cuestionamos: Si el sistema de asignación de plazas está contemplada en la Ley Laboral y la Ley Burocrática, esto no puede desaparecer así como así.

Valdes Medina, dice: “Pues lo están haciendo. Sin embargo, nosotros interpusimos un amparo en contra de la Ley Orgánica que todavía no entra el vigor. Las autoridades nos contestaron que no procedía porque aún no se vulneran nuestros derechos, pero de ser necesario, cuando llegue el momento haremos valer nuestros derechos”.

¿En la Asamblea Legislativa quiénes los responsables de concebir esta abominación laboral?

El dirigente, subraya: “Yo considero que  fue quien era el presidente de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, Israel Betanzos, quien junto con los demás integrantes de esta comisión le elaboraron y aprobaron con el respaldo de otros partidos como el PRD”.

Denuncia Diego Valdes que los asambleístas nunca se tomaron la molestia de consultarlos y menos les hicieron llegar siquiera un borrador del contenido de la nueva Ley Orgánica. “De haberlo hecho –destaca–, les hubieran señalado la forma en que se estaba afectado a la base trabajadora y la serie de atropellos a los derechos contemplados en la Ley Burocrática, porque no se puede quitar así como así la Comisión de Escalafón que es la que vigila junto con la autoridad, las capacidades de los aspirantes a una plaza  y garantiza que la gente puede ir subiendo de nivel. Ahora todo esto desaparece y el Consejo de la Judicatura y el Instituto de Investigaciones Judiciales, asumen estas funciones”.

Para el dirigente que el 20 de abril del 2006  cerró en su totalidad las diversas áreas del Tribunal Superior de Justicia capitalino ante le negativa de su entonces titular, José Guadalupe Carrera Domínguez, para negociar  unas Condiciones Generales de Trabajo que por 23 años permanecieron sin revisión alguna, siendo Jefe de Gobierno, Alejandro Encinas, su organización se prepara a dar una nueva lucha en el terreno jurídico y político.

Por ello –anuncia–,  va a buscar acercamientos con la presidenta del Congreso Local, Ernestina Godoy, para conversar con ella antes de que entre en vigor la nueva ley, con el fin de que los diputados de Morena, que son mayoría,  conozcan a detalle las afectaciones que se darán a los derechos de los trabajadores del Tribunal y valoren las modificaciones pertinentes para evitar que esto ocurra.

Se le comenta la posición hecha pública por la Jefa de Gobierno electa, Claudia Sheinbaum, de no afectar los derechos de los trabajadores de la Ciudad de México, a lo que Diego Valdes, responde:

“Yo sé que esto no es responsabilidad de la doctora, pues con base en lo ella ha dicho, no habrá afectaciones a los derechos ya adquiridos por los trabajadores, pero aquí los asambleístas del PAN, PRI y PRD, hicieron todo lo contrario y están afectando los derechos de los trabajadores. Por eso consideramos muy importante hablar con la diputada Godoy para poder explicar a detalle este asunto y tenga conocimiento de esta irregularidad e injusticia que se pretende cometer contra los trabajadores del Tribunal Superior de Justicia”, concluye el dirigente.

Constitución CDMX y ley orgánica violan derechos de trabajadores de base

Por Arnoldo Piñón

En el Poder Judicial de la Ciudad de México, a partir de enero de 2020, todos los trabajadores de nuevo ingreso serán de confianza, de acuerdo con las facultades que al Consejo de la Judicatura le conceden la Constitución local y la ley orgánica del Tribunal Superior de Justicia.

El artículo 35 inciso E) numeral 9 de la Constitución de la CDMX, entre sus disposiciones contempla: “El Consejo de la Judicatura (…) será competente en la adscripción y remoción de jueces y magistrados; velará por los derechos humanos laborales de las personas servidoras públicas para nombrar y remover al personal administrativo; nombrará y removerá al personal administrativo del Poder Judicial respetando el servicio civil de carrrera, a propuesta de las y los titulares de los órganos…”.

La Ley Orgánica del Poder Judicial de la capital del país, en el artículo 209 fracciones II y III, en las facultades otorgadas al Consejo dela Judicatura, retoma lo que prevé la Constitución de la CDMX en cuanto a las facultades para nombrar y remover al personal administrativo, adicionándole que “a propuesta de las y los titulares de los órganos”.

Con el agregado de esta ley, se entiende que el nombramiento y remoción del personal administrativo podrá ser propuesto por los jueces inclusive, con lo que provoca un total estado de indefensión y acaba con los derechos laborales, toda vez que imperaría la discrecionalidad.

Incluso el artículo 218 fracción XVII de la ley orgánica, establece, de manera contradictoria, entre las facultades del Consejo de la Judicatura: “Nombrar a las personas servidoras públicas administrativas de base y de confianza, del propio Consejo de la Judicatura…”.

Esas disposiciones terminan con la bilateralidad en el Poder Judicial de la CDMX, ya que al otorgar al Consejo de la Judicatura capacidad para nombrar y remover al personal administrativo, al desconocer la existencia de una comisión mixta conformada por igual número de representantes de la autoridad y del Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial del Distrito Federal -titular de la relación laboral-, que se encarga de convocar, aplicar exámenes y dictaminar el ingreso de los nuevos trabajadores.

También violenta lo dispuesto por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (LFSTSE), la que prescribe que para dar de baja a un trabajador de base, es necesario levantar un acta en la que se encuentre presente la representación sindical y testigos de cargo y de descargo, a fin de que sea el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje el que decida sobre la procedencia o improcedencia del cese.

Lo prescrito tanto por la Constitución local como por la ley orgánica del TSJ, en cuanto a las facultades para la remoción del personal administrativo, en los casos de trabajadores que sean de base, viola lo dispuesto por la fracción IX del apartado B del artículo 223 constitucional, la cual prescribe: “Los Trabajadores sólo podrán ser suspendidos o cesados por causa justificada, en los términos que fije la Ley”.

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